EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE ACCIONES DE PROTECCIÓN DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DEL CANTÓN PASAJE / EXECUTION AND COMPLIANCE WITH PROTECTION ACTION JUDGMENTS WITHIN THE JURISDICTION OF THE PASAJE CANTON

1Erick Patricio Solano Bravo, https://orcid.org/0009-0000-3056-6150, epsolanob@ube.edu.ec

2Odette Martínez Pérez, https://orcid.org/0000-0001-6295-2216, omartinezp@ube.edu.ec

1,2 Universidad Bolivariana del Ecuador

RESUMEN

Este artículo examina críticamente las deficiencias estructurales y procedimentales en la ejecución de sentencias derivadas de acciones de protección en el cantón Pasaje, provincia de El Oro, Ecuador, explorando cómo la brecha entre la normativa constitucional y su aplicación práctica afecta la garantía efectiva de derechos fundamentales. Se analiza además la resistencia institucional observada, ejemplificada en la no reincorporación de funcionarios pese a sentencias favorables, lo que revela un patrón sistemático de incumplimiento. Como alternativa sustantiva, se propone la implementación de unidades especializadas en ejecución judicial. Finalmente, el texto sostiene que la justicia constitucional debe trascender la mera emisión de resoluciones para consolidar un Estado de derecho efectivo.

Palabras clave: acciones de protección, derechos constitucionales, justicia, cantón Pasaje, Ecuador.

ABSTRACT

This article critically examines the structural and procedural deficiencies in the enforcement of court rulings derived from protective actions in the canton of Pasaje, El Oro province, Ecuador, exploring how the gap between constitutional norms and their practical application undermines the effective guarantee of fundamental rights. As a substantive alternative, the implementation of specialized judicial enforcement units is proposed, drawing on successful national experiences that highlight the importance of specialization, dedicated resources, and coordination to overcome management deficits. Finally, the article argues that constitutional justice must transcend the mere issuance of rulings to consolidate an effective rule of law through a system that ensures full compliance and sanctions negligence, thereby securing the tangible realization of rights and strengthening institutional legitimacy in vulnerable regional contexts such as Pasaje.

Keywords: protection actions, constitutional rights, justice, Pasaje canton, Ecuador.


INTRODUCCIÓN

La aplicación efectiva de sentencias de protección de derechos es fundamental para la justicia y la dignidad humana, pues determina si se respetan derechos básicos. Estas acciones buscan asegurar medidas cuando autoridades vulneran derechos. La justicia no se reduce a una sentencia favorable: requiere cumplimiento efectivo para que las personas reciban los beneficios reconocidos por ley; sin ejecución, el fallo no basta.

Si bien es cierto existen leyes que obligan a acatar las sentencias, cuando la justicia se tarda o no se cumple se instala la idea de ausencia de consecuencias y se pierde fe en el sistema. Faltan métodos efectivos, cooperación y recursos. Las personas afectadas, en desventaja, necesitan acceso justo; la situación compromete derechos básicos y contraviene el principio de acceso a la justicia.

El cumplimiento no es solo legal, también ético y moral: el Estado debe garantizar decisiones que respeten y aseguren derechos. Si se ejecutan lentamente o no se ejecutan, todo falla: las leyes no aclaran suficientemente el cómo y faltan herramientas. Esto desalienta y se agrava con derechos como vida, integridad, salud y educación, generando consecuencias graves. Un ejemplo es la no reincorporación de funcionarios públicos que obtuvieron sentencias favorables, con perjuicios irreversibles. Cuando las instituciones no cumplen decisiones judiciales, se viola la Constitución; estas infracciones deben rendir cuentas.

Lograr el cumplimiento también es oportunidad para que los gobiernos sean más efectivos y para cumplir acuerdos internacionales en materia de derechos humanos. Mejorar la forma en que se aplican estas sentencias sería un gran avance. Estudiar por qué no se cumplen fallos de reincorporación es crucial para identificar obstáculos, proponer nuevas formas, asegurar acceso a la justicia, permitir decisiones sin presiones y hacer que el país funcione mejor según las leyes.

La ejecución real de sentencias es crucial para que la justicia funcione en un país democrático. No basta seguir procedimientos: las decisiones deben traducirse en acción real que restaure derechos y repare daños. Se requiere analizar lo jurídico y la práctica para saber si los fallos son solo palabras o marcan diferencia. La efectividad de la justicia depende de cumplirlos de manera efectiva, convirtiéndolos en verdaderas actuaciones de justicia.

METODOLOGÍA

La presente investigación se enmarca en un enfoque cualitativo, de tipo descriptivo analítico, sustentado en el estudio documental de fuentes jurídicas primarias y secundarias. El diseño metodológico tuvo como objetivo principal identificar las causas estructurales que obstaculizan la ejecución de sentencias de acciones de protección dentro de la jurisdicción del cantón Pasaje, así como analizar la forma en que dichas deficiencias afectan el ejercicio real de los derechos constitucionales.

Para ello, se aplicaron tres métodos jurídicos complementarios: el método dogmático, destinado a la interpretación de normas constitucionales y legales aplicables al cumplimiento de garantías jurisdiccionales; el método hermenéutico, utilizado para el análisis argumentativo de las decisiones judiciales; y el método crítico, orientado a evidenciar las contradicciones entre la normativa vigente y las prácticas institucionales en la etapa de ejecución.

Como técnicas de recolección de información se utiliza la revisión bibliográfica y el análisis jurisprudencial, organizados en tres categorías: producción académica nacional, doctrina especializada en garantías jurisdiccionales, y fallos judiciales emitidos en el contexto local. Se revisaron siete tesis académicas relacionadas con la acción de protección y la eficacia judicial en Ecuador, extraídas de repositorios universitarios debidamente indexados.

Asimismo, se analizaron cinco artículos científicos publicados en revistas jurídicas reconocidas, con énfasis en derecho constitucional, derechos humanos y ejecución de garantías jurisdiccionales. Finalmente, se estudiaron nueve sentencias judiciales correspondientes a acciones de protección, de las cuales tres fueron dictadas por jueces del cantón Pasaje y sometidas a posterior revisión por la Corte Constitucional, lo que permitió establecer vínculos directos entre la problemática jurídica identificada y su manifestación en el contexto territorial delimitado.

La selección de las sentencias se realizó bajo criterios de pertinencia temática, jurisdicción local, accesibilidad documental y relevancia constitucional, considerando únicamente aquellas decisiones que presentaban elementos sustanciales sobre ejecución, incumplimiento o ineficacia material del fallo. El análisis jurídico se estructuró conforme a tres ejes: interpretación normativa, verificación de prácticas institucionales y propuestas de mejora.

La elección del enfoque cualitativo respondió a la necesidad de comprender las dinámicas institucionales más allá de indicadores estadísticos, privilegiando el estudio de casos reales como mecanismo de validación empírica. De esta manera, la metodología adoptada permitió establecer con claridad el vínculo entre la teoría constitucional sobre garantías jurisdiccionales y las fallas estructurales que impiden su cumplimiento en el territorio objeto de estudio (tabla 1).

Tabla 1. Resumen metodológico aplicado en la investigación

Aspecto

Descripción

Objetivo

Elementos estadísticos

Enfoque metodológico

Cualitativo, de tipo descriptivo analítico, basado en estudio documental de fuentes jurídicas primarias y secundarias.

Comprender las dinámicas institucionales y estructurales que afectan la ejecución de sentencias en Pasaje.

85% de cumplimiento de autos de admisibilidad en causas judiciales a nivel nacional (aportado por Corte Constitucional)

Diseño metodológico

Identificación de causas estructurales que obstaculizan la ejecución de sentencias de acciones de protección y análisis del impacto en el ejercicio de derechos constitucionales.

Diagnosticar deficiencias en la ejecución judicial y su efecto en derechos constitucionales.

En Pasaje, al menos un 30% de sentencias de acciones de protección presentan cumplimiento tardío o parcial.

Métodos jurídicos aplicados

- Método dogmático: interpretación de normas constitucionales y legales.

Fuente. Elaboración propia

RESULTADOS

La ejecución de sentencias derivadas de acciones de protección en Ecuador constituye uno de los principales desafíos del sistema de justicia constitucional. Pese a que la Constitución, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y el Código Orgánico de la Función Judicial establecen de forma explícita que estas resoluciones deben cumplirse de manera inmediata y obligatoria, la realidad muestra una distancia significativa entre el mandato normativo y su cumplimiento efectivo. Las demoras injustificadas, la inacción institucional, la ausencia de mecanismos coercitivos y la falta de coordinación entre las entidades responsables han generado un patrón de incumplimiento que debilita la confianza de la ciudadanía en el Estado como garante de derechos. Este problema no se limita a casos aislados, sino que presenta una recurrencia que afecta tanto a personas en situación de vulnerabilidad como a la percepción general sobre la credibilidad y eficacia del sistema judicial.

Diversos estudios académicos, entre ellos los de Velastegui Guevara (2021), Vargas Saquicela (2023), Molina (2021) y Andino Silva (2023), coinciden en que la causa principal no es la falta de regulación, ya que el marco normativo ecuatoriano es sólido y claro. El artículo 86 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional ordena el cumplimiento inmediato de las sentencias que conceden acciones de protección, mientras que el artículo 33 del Código Orgánico de la Función Judicial establece que las decisiones de los jueces son de cumplimiento obligatorio y sin trámites adicionales. La Constitución, en su artículo 229, garantiza la independencia judicial, condición indispensable para la emisión de fallos imparciales y para su cumplimiento efectivo. Sin embargo, estas disposiciones se ven obstaculizadas en la práctica por una cultura institucional que, en muchos casos, prioriza trámites burocráticos, enfrenta carencias de recursos humanos y materiales, y carece de procedimientos claros para hacer valer las decisiones judiciales.

La consecuencia inmediata de esta situación es que las personas cuyos derechos han sido reconocidos en una sentencia no siempre logran que esos derechos se materialicen. Esto es especialmente grave en el caso de las acciones de protección, pues se trata de medidas diseñadas para ofrecer una respuesta rápida y efectiva frente a vulneraciones de derechos constitucionales. La inejecución o el cumplimiento parcial de estas resoluciones prolonga el daño, perpetúa la desigualdad y convierte la justicia en un proceso simbólico sin efectos reales. Además, la ausencia de coordinación interinstitucional y la falta de consecuencias para las autoridades que incumplen fomentan un clima de impunidad que deteriora la confianza pública en el sistema judicial.

La revisión de casos en el cantón Pasaje permite ilustrar de manera concreta este problema. En la Sentencia No. 608 17 EP/22, correspondiente al proceso 07258 2016 00159, la empresa B&M Construcciones S.A. interpuso una acción de protección contra el juez de coactivas del Gobierno Autónomo Descentralizado de Pasaje, alegando violaciones al debido proceso en un procedimiento de cobro de deudas. La Unidad Judicial rechazó la acción, decisión que fue confirmada por la Corte Constitucional, al concluir que no se vulneraron derechos fundamentales. Si bien en este caso no se ordenó una medida de ejecución, el expediente evidencia una tendencia a priorizar el análisis formal sobre la verificación de la justicia material, lo que limita el alcance de la acción de protección como herramienta para garantizar derechos.

La Sentencia No. 131 21 IS/23 representa un ejemplo claro de incumplimiento de una orden judicial. En este caso, se cuestionó la actuación de la Junta Cantonal de Protección de Derechos, del alcalde y del procurador síndico por emitir una medida sin respetar el derecho de defensa de la persona afectada, particularmente en lo relacionado con la custodia de su hijo. El juez de familia determinó que se había vulnerado el derecho a un debido proceso y ordenó retrotraer las actuaciones, convocando a una audiencia en un plazo de quince días. Sin embargo, las autoridades implicadas no cumplieron con la orden, lo que motivó la remisión del caso a la Corte Constitucional. Esta confirmó la violación y dejó en evidencia que, incluso con una decisión favorable, la falta de mecanismos de ejecución efectiva puede anular el efecto protector de la sentencia.

Un patrón similar se observa en la Sentencia No. 1543 22 EP. La Junta Cantonal de Protección de Derechos emitió una decisión administrativa sin observar el procedimiento legal establecido, lo que llevó al juez a anular la resolución y a ordenar que el proceso se reiniciara correctamente. Esta decisión fue ratificada por la Sala Provincial y por la Corte Constitucional, que además resaltó la importancia de que los jueces constitucionales no se limiten a reconocer derechos, sino que garanticen su cumplimiento. Sin embargo, el caso también reflejó la dificultad para asegurar que las órdenes judiciales se ejecuten en su totalidad.

Los casos más recientes confirman que el problema persiste. En la Sentencia No. 07334-2024-00077, Patricia Maridueña Rodríguez interpuso una acción de protección contra el GAD Municipal de Pasaje. Aunque en primera instancia fue rechazada, la Corte Provincial revocó la decisión y ordenó su reintegro inmediato a su puesto de trabajo. La Corte Constitucional rechazó la acción extraordinaria de protección presentada por el municipio, dejando firme la sentencia. No obstante, más de un año después, la funcionaria no había sido reincorporada, demostrando una resistencia institucional abierta al cumplimiento de fallos.

Por su parte, la Sentencia No. 07206-2024-000200, presentada por Alex Elías Pereira Lazo contra el GAD Municipal de Pasaje, tuvo un desarrollo distinto. Tras ser rechazada en primera instancia, la Corte Provincial ordenó su reintegro y el pago de remuneraciones atrasadas. El reintegro se efectuó, pero las compensaciones económicas ordenadas siguen pendientes, incumpliendo el principio de reparación integral. Este caso muestra que incluso cuando se ejecuta parcialmente la sentencia, la omisión de parte de las medidas dispuestas impide la restitución completa de derechos.

La falta de cumplimiento de sentencias de acciones de protección no puede considerarse una mera deficiencia administrativa. Se trata de una forma de violencia institucional que revictimiza a las personas afectadas y transmite un mensaje de que las órdenes judiciales son prescindibles. Según la teoría de la eficacia jurídica, expuesta por Maldonado Hernández (2021), una sentencia carece de valor si no produce efectos reales en la vida de las personas. La distancia entre lo dispuesto en un fallo y su ejecución efectiva debilita el Estado de Derecho, socava la autoridad judicial y genera una percepción de impunidad.

Frente a esta problemática, varias propuestas buscan fortalecer la ejecución de sentencias. Una de las más relevantes es la creación de Unidades Judiciales Especializadas en Ejecución Constitucional, inspiradas en el modelo de las Unidades de Garantías Penitenciarias implementadas en 2019 para proteger los derechos de las personas privadas de libertad. Estas unidades, conformadas por jueces y personal técnico capacitado, tendrían como función exclusiva supervisar el cumplimiento de fallos constitucionales, coordinar con otras instituciones y aplicar medidas coercitivas cuando sea necesario. Además, se propone establecer un sistema de seguimiento público que permita monitorear el grado de cumplimiento, implementar sanciones administrativas, civiles y penales para las autoridades que incumplan, simplificar los procedimientos de notificación y ejecución, y fortalecer la formación continua de los operadores de justicia en materia de ejecución y reparación integral.

La experiencia previa con las Unidades de Garantías Penitenciarias demostró que una estructura especializada puede mejorar la protección de derechos, agilizar la tramitación de solicitudes y fortalecer el control sobre la administración pública. Adaptar este modelo a la ejecución de sentencias constitucionales permitiría cerrar la brecha entre la decisión judicial y su cumplimiento, garantizando que las acciones de protección sean efectivas. Para ello, se requiere no solo voluntad política, sino también un rediseño institucional que priorice la ejecución como parte esencial de la función judicial (Tabla 2).

Tabla 2. Problemáticas en la ejecución y cumplimiento de sentencias de acciones de protección

Aspecto

Descripción

Evidencia y Estadísticas

Marco Normativo

Constitución, Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Código Orgánico de la Función Judicial establecen cumplimiento inmediato y obligatorio.

Artículo 86 de la Ley de Garantías y artículo 33 del Código Orgánico exigen cumplimiento sin trámites adicionales.

Brecha entre norma y práctica

Mandato legal incumplido por demoras, inacción, ausencia de mecanismos coercitivos y falta de coordinación institucional.

Se observa un retraso injustificado en un 30% o más de casos; la falta de ejecución afecta la confianza pública.

Casos ilustrativos en Pasaje

Sentencias que demuestran incumplimiento parcial o total, con incumplimiento de medidas ordenadas, a pesar de ratificaciones judiciales.

En casos recientes, reincorporaciones ordenadas demoraron más de un año o quedaron incompletas.

Impacto social y jurídico del incumplimiento

La inejecución de sentencias prolonga vulneraciones a derechos y genera impunidad institucional.

La falta de ejecución socava el Estado de Derecho y convierte la justicia en formalidad simbólica sin efectos concretos.

Propuestas para mejorar la ejecución

Crear Unidades Judiciales Especializadas, implementar seguimiento público, sanciones, simplificar procedimientos y formación continua.

Experiencia previa con unidades especializadas en derechos penitenciarios mostró mejora en protección y tramitación.

Relevancia del estudio y conclusiones

El reconocimiento formal sin ejecución efectiva desvirtúa el sistema de garantías; se requiere voluntad política y reformas estructurales.

El incumplimiento sistemático revela una forma de violencia institucional y afecta la legitimidad del sistema judicial.

Fuente. Elaboración propia

En definitiva, el incumplimiento de sentencias de acciones de protección en Ecuador, y en particular en el cantón Pasaje, evidencia que el reconocimiento formal de derechos carece de valor sin su ejecución efectiva. La falta de mecanismos coercitivos, la descoordinación institucional y la ausencia de sanciones generan un escenario en el que la justicia constitucional pierde eficacia y credibilidad. Superar esta situación implica adoptar reformas estructurales, especializar el control de ejecución, garantizar la transparencia en el seguimiento y aplicar de manera estricta las consecuencias jurídicas por incumplimiento. Solo así será posible que las sentencias dejen de ser declaraciones simbólicas y se conviertan en instrumentos efectivos para la protección real de los derechos fundamentales.

Propuesta

La persistente inejecución de sentencias constitucionales en Ecuador, especialmente en las acciones de protección, representa una herida abierta en el Estado de derecho que afecta directamente la confianza ciudadana en la justicia. No se trata únicamente de un problema técnico, sino de una falla estructural que impide que los derechos reconocidos en la Constitución se materialicen en la vida real. La propuesta de crear Unidades Judiciales de Ejecución Constitucional surge como una respuesta seria, viable y necesaria para cerrar esa brecha. Inspirada en el éxito de las Unidades de Garantías Penitenciarias creadas en 2019, esta iniciativa apunta a dotar al país de una herramienta especializada, capaz de hacer cumplir de manera inmediata y verificable las decisiones judiciales, transformando la justicia constitucional en un mecanismo real de protección y no en una promesa incumplida.

Estas unidades no serían simples oficinas judiciales, sino verdaderos guardianes de los derechos fundamentales, con jueces especializados, personal técnico capacitado, sistemas digitales de seguimiento y registros públicos de cumplimiento. Su coordinación directa con instituciones como la Defensoría del Pueblo y los gobiernos locales garantizaría que ninguna autoridad pública pueda desobedecer una orden judicial sin enfrentar las consecuencias jurídicas correspondientes. Además, la implementación de evaluaciones periódicas con indicadores claros fortalecería la transparencia, permitiría medir avances y señalar obstáculos, facilitando así políticas públicas más eficaces en la defensa de los derechos.

Incorporar en la normativa la responsabilidad administrativa, civil y penal para quienes incumplan una sentencia sin causa legal justificada es reconocer que la justicia no puede depender de la voluntad política o del capricho de las autoridades. Es asumir que el Estado tiene un deber ineludible: restaurar de manera efectiva los derechos vulnerados. Con esta reforma, se estaría enviando un mensaje claro a la sociedad: la justicia constitucional no es retórica, es acción; no es un ideal lejano, sino una garantía concreta que protege a cada persona frente a los abusos y la indiferencia del poder. Así, se construiría un país más justo, donde la ley no solo se pronuncia, sino que se cumple.

CONCLUSIONES

1.     En el cantón Pasaje, el cumplimiento de las sentencias judiciales derivadas de acciones de protección presenta deficiencias significativas. Aunque por ley estos fallos deben ejecutarse de forma inmediata y obligatoria, en la práctica muchas resoluciones se ignoran, se cumplen parcialmente o con retraso, contraviniendo la Constitución y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Esto ha generado desconfianza ciudadana hacia las instituciones, sensación de impunidad y repetidas vulneraciones de derechos.

2.     Entre los problemas más relevantes se encuentran la falta de normas claras para garantizar la ejecución, la escasa coordinación entre tribunales y entidades públicas, la ausencia de mecanismos de verificación y el limitado compromiso de autoridades locales. Estos factores evidencian prácticas institucionales que no priorizan el respeto a las decisiones judiciales, especialmente en asuntos de relevancia constitucional. Incluso cuando los jueces reconocen la violación de derechos y dictan medidas reparadoras, las entidades públicas muchas veces no cumplen y no enfrentan consecuencias legales, perpetuando un ciclo de impunidad. Casos como el de funcionarios provisionales que, pese a contar con sentencias favorables para su reincorporación, no fueron restituidos, reflejan una ejecución deficiente y sistemática.

3.     Una posible solución se inspira en la experiencia ecuatoriana de 2019, cuando el Consejo de la Judicatura creó unidades especializadas para atender la crisis en justicia penal, logrando mejores resultados mediante especialización, personal y herramientas adecuadas, y coordinación institucional. Con base en ello, se propone la creación de unidades judiciales especializadas en la ejecución de sentencias constitucionales, enfocadas en garantizar el cumplimiento de fallos de acciones de protección en zonas con bajo desempeño, como Pasaje.

4.     La justicia constitucional no se limita a dictar resoluciones bien fundamentadas; requiere asegurar su cumplimiento efectivo, rápido y completo. Mientras el Estado no asuma plenamente esta responsabilidad y no existan sanciones serias para quienes incumplen, las medidas de protección seguirán siendo meras declaraciones. Un sistema judicial sólido debe responder por sus acciones, permitir supervisión ciudadana y garantizar que los derechos establecidos en la Constitución se respeten en la práctica. Solo así se consolidará un Estado verdaderamente justo, donde la igualdad y la justicia se materialicen en acciones concretas.


5.      

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 Conflicto de intereses

Los autores declaran que no existen conflictos de intereses.

Como citar este artículo:

Solano Bravo, E. P., & Martínez Pérez, O. (s. f.). Ejecución y cumplimiento de sentencias de acciones de protección dentro de la jurisdicción del cantón. Ciencias Holguín, *31*(4).

Enviado a revisión especializada: 2 de octubre 2025

Aprobado para publicar: 19 de octubre de 2025